Zurradora vengativa
| Nombre | Zurradora vengativa |
|---|---|
| Defecto | Vengeful Walloper |
| Tipo | Minion - demon |
| Descripción | Embestir Cuesta (1) cristal menos por cada carta con Proscrito que hayas jugado esta partida. |
| Sabor | Si no puedes zurrarlos, ¡zurra con ellos! |
| Artista | L. Lullabi & K. Turovec |
| Edición | Marcha del Rey Exánime #84244 |
| Papel pintado | |
| Imagen |
Lista de niveles
No Rank
Califícalo tú mismo
- Arena
- Battlegrounds
- Casual
- Constructed
- Standard
- Twist
- Mostrar más…
Sobre Zurradora vengativa
Zurradora vengativa, Minion - demon, diseñada por L. Lullabi & K. Turovec lanzado por primera vez en Dec, 2022 en edición March of the Lich King.
Una baraja que se centre en jugar cartas de Proscrito de forma consistente a lo largo del juego se beneficiaría más al incluir a Vengeful Walloper, ya que potencialmente se puede jugar por un coste más bajo o incluso de forma gratuita con suficientes cartas de Proscrito jugadas. Si bien Vengeful Walloper puede ser una adición fuerte a tal baraja, otras cartas poderosas de Cazador de Demonios como Skull of Gul'dan o Kayn Sunfury pueden ser más versátiles e impactantes en diversas situaciones, por lo que vale la pena considerar la estrategia general y la sinergia de la baraja antes de decidir si Vengeful Walloper debería ser jugada.
Preguntas frecuentes sobre Zurradora vengativa
¿Qué tipo de carta es Zurradora vengativa?
Zurradora vengativa es una Minion - demon carta en Hearthstone HS.
¿Cuál es el efecto de Zurradora vengativa?
<b>Embestir</b> Cuesta (1) cristal menos por cada carta con <b>Proscrito</b> que hayas jugado esta partida.
¿Cuál es la colección original de Zurradora vengativa?
Zurradora vengativa fue lanzado por primera vez en el set March of the Lich King, ilustrado por L. Lullabi & K. Turovec.
¿Cuál es la legalidad de Zurradora vengativa?
La legalidad depende del formato del torneo. Zurradora vengativa puede ser legal en algunos formatos y prohibido o restringido en otros. Consulte el desglose completo por formato en la sección Legalidad anterior.

Reacciones
0
0 Comentarios
Se el primero en comentar