Invasor hostil
| Nombre | Invasor hostil |
|---|---|
| Defecto | Hostile Invader |
| Tipo | Minion - demon |
| Descripción | Grito de batalla, Magia súbita y Último aliento: Inflige 2 p. de daño a todos los demás esbirros. |
| Sabor | ¡Toma hachazo! ¡Toma hachazo! ¡Toma hachazo! |
| Artista | Ian Ameling |
| Edición | La Gran Oscuridad #110896 |
| Papel pintado | |
| Imagen |
Lista de niveles
No Rank
Califícalo tú mismo
- Arena
- Battlegrounds
- Casual
- Constructed
- Standard
- Twist
- Mostrar más…
Sobre Invasor hostil
Invasor hostil, Minion - demon, diseñada por Ian Ameling lanzado por primera vez en Oct, 2024 en edición The Great Dark Beyond.
El Invasor hostil encajaría bien en un mazo de Guerrero de control o de rango medio que tenga como objetivo administrar el tablero eliminando súbditos enemigos mientras mantiene su propia presencia. Sus habilidades, particularmente los efectos Grito de batalla y Estertor de muerte, permiten limpiar el tablero de manera efectiva, lo que lo hace útil contra estrategias de enjambre. Sin embargo, cartas como Brawl o Bladestorm pueden ofrecer un control del tablero más consistente sin necesidad de que un súbdito esté en el campo, ya que pueden enfrentar amenazas más grandes o múltiples súbditos de manera más eficiente. Si bien Hostile Invader puede ser una adición divertida y estratégica, es posible que no tenga mucho juego en comparación con estas opciones más versátiles.
Preguntas frecuentes sobre Invasor hostil
¿Qué tipo de carta es Invasor hostil?
Invasor hostil es una Minion - demon carta en Hearthstone HS.
¿Cuál es el efecto de Invasor hostil?
<b><b>Grito de batalla, Magia súbita y Último aliento:</b></b> Inflige 2 p. de daño a todos los demás esbirros.
¿Cuál es la colección original de Invasor hostil?
Invasor hostil fue lanzado por primera vez en el set The Great Dark Beyond, ilustrado por Ian Ameling.
¿Cuál es la legalidad de Invasor hostil?
La legalidad depende del formato del torneo. Invasor hostil puede ser legal en algunos formatos y prohibido o restringido en otros. Consulte el desglose completo por formato en la sección Legalidad anterior.

Reacciones
0
0 Comentarios
Se el primero en comentar